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Convenio nº169 de la OIT

Convenio nº169 de la OIT

El Convenio 169 fue adoptado por la OIT en 1989. Con su elaboración la Organización pretendía actualizar un convenio anterior (el nº 107), un tratado que promovía la integración de los pueblos indígenas a las sociedades mayoritarias de los países en los que habitan, y que aún continúa vigente en algunos países. Hasta la fecha, el 169 ha sido ratificado por veintidós países, la mayoría de ellos latinoamericanos.

El Convenio reconoce derechos de carácter colectivo y contempla, entre otros elementos, cuestiones fundamentales para los pueblos indígenas, como los derechos sobre sus territorios, la promoción de sus culturas y valores, la educación en su propia lengua, el derecho de consulta y participación o la validez de su derecho consuetudinario.

A pesar de su reducido número de adhesiones, el Convenio 169 es un instrumento clave porque ha influido en gran medida en la elaboración de normas, políticas y programas relacionados con los pueblos indígenas, tanto en el nivel internacional como en contextos nacionales. Además, porque su carácter vinculante genera obligaciones concretas para aquellos países que lo han ratificado.

En el caso del Estado español, la ratificación del Convenio supone un importante avance en el proceso de apoyo a los pueblos indígenas, con implicaciones que van más allá del marco de la cooperación internacional para el desarrollo. La ratificación genera obligaciones internas, ya que conlleva la adaptación de la legislación nacional a lo estipulado en el Convenio. De acuerdo con el principio de buena fe en el cumplimiento de los tratados internacionales y con las obligaciones que emanan de la Constitución de la OIT, los Estados partes de uno de sus convenios se comprometen a adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones que tal convenio establezca. El Convenio se convierte, de este modo, en una ley interna que debe ser respetada, promovida y garantizada por todas las instituciones públicas y respetada por los actores privados, sean cuales sean sus objetivos o actividades.

Las disposiciones del Convenio 169 se ven reforzadas por las de la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas. Ambos instrumentos son, sin duda, complementarios, y proporcionan un marco normativo específico que debe ser considerado en todas las acciones que tengan un impacto sobre las vidas y los derechos de los pueblos indígenas. Puede acceder a documentación relativa al Convenio en los links que aparecen a continuación

En la página web del PRO169 pueden encontrar materiales de gran utilidad. Destacan la guía práctica del Convenio nº169 “Los derechos de los pueblos indígenas y tribales en la práctica” y la publicación “Aplicación del Convenio nº169 por Tribunales Nacionales en América Latina”. Asimismo podrán solicitar a la OIT el envío de una “Caja de herramientas” para la aplicación del Convenio.

 

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